Analía de Jesús según su documento. Higui para quienes la conocen de antes y para los/as que la conocemos desde su encarcelamiento es una mujer, lesbiana, juega al fútbol, tiene 42 años, es pobre y está presa.

Y está presa porque un hecho donde la víctima fue ella, no el fallecido Cristian Rubén Espósito, por el muerto tenía un objetivo, quería “corregir el lesbianismo” de Higui a fuerza de someterla en una violación en patota. Previamente la había amenazado, le quemaron la casa, le mataron el perro y la obligaron a mudarse. La justicia no hizo nada.

Higui entonces salía a la calle con un cuchillo, tenía miedo, pero no podía dejar de visitar a su familia, vecina de Espósito y su banda. Cuando fue abordada por estos “machos” de pacotilla, fue golpeada, tirada al piso, su ropa rota, se le tiraron encima, intentaron violarla y ella se defendió como pudo, con un puntazo que alcanzó el cuerpo de Espósito, que ya estaba sobre ella. Luego escapó. Ahí se terminan sus recuerdos hasta despertar detenida en una comisaría, de la que ya no saldría.

No se hicieron pericias, a pesar de tener una abogada de oficio. No se chequearon los dichos de Higui. Solo se la detuvo.

En la facultad nos enseñaron que existe la legítima defensa y que diversos autores la definen como “…la reacción necesaria contra una agresión injusta, actual y no provocada…” –Soler- o “…la acción típica realizada por el autor con el fin de rechazar la agresión ilegítima contra sí o contra un tercero, cuando aquélla es el medio racionalmente adecuado para evitar la destrucción o menoscabo de los bienes jurídicos a los que ésta amenaza…” -Creus- o “…la legítima defensa es repulsa de la agresión ilegítima, actual o inminente, por el atacado o tercera persona, contra el agresor, sin traspasar la necesidad de la defensa y dentro de la racional proporción de los medios empleados para impedirla o repelerla…” -Jiménez de Azúa- 

Podríamos sospechar que como se sostuvo en la jurisprudencia, pueda estarse ante un caso donde “comete exceso en la legítima defensa quien, al ser agredido por más de una persona, toma un cuchillo hiriendo mortalmente a uno de sus agresores, pues si bien la inferioridad de condiciones en que se hallaba justifica la herida a uno de ellos, en los términos del art. 34.6 del CP, resulta desproporcionada dado el efecto mortal causado. [CNCorr, Sala V, 22-12-94, “v., g.r.”, C. 32.544]

El artículo 34 del Código Penal establece que habrá legítima defensa cuando: “6º. El que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:

  1. a) Agresión ilegítima;
  2. b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla;
  3. c) Falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.

Y, en el peor de los casos, habrá exceso en la legítima defensa cuando “ARTICULO 35.- El que hubiere excedido los límites impuestos por la Ley, por la autoridad o por la necesidad, será castigado con la pena fijada para el delito por culpa o imprudencia.

Eva presentaba golpes en todo su cuerpo, pero no fueron examinados por ningún/a médico/a, su abogada oficial no lo pidió. Hasta que no fue conocido su caso a través de militantes feministas, nadie había movido un dedo por Higui. Hoy espera su juicio oral por homicidio simple, puesto que la Justicia hizo oídos sordos a las pretensiones de su abogada defensora. Los grandes medios no salieron a pedir que la dejen en libertad, como hubiese sucedido si Higui hubiera asesinado a un ladrón que pretendía apoderarse de … no, no hay posibilidad, ella no tiene nada que pueda ser protegido por la justicia machista imperante. Ella es mujer. Es pobre. Lesbiana. Un grupo de hombres decidió “curar” su desvío y la muy insolente decidió resistirse a la cura a través de una violación en grupo.

Necesitamos una justicia con perspectiva de género. Necesitamos y exigimos agentes de justicia, de fuerzas de seguridad, profesionales con perspectiva de género, que entiendan que las mujeres son víctimas de la violencia machista y lo seguirán siendo si ellos no deciden correr las vendas de sus ojos y ver el panorama completo. Ninguna persona en sus cabales elegiría quitarle la vida a otro ser humano si no viese en peligro su propia vida.

Nota de Maria Laura Lastres, miembro del Encuentro de Abogados Independientes

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